martes, 24 de mayo de 2022

(1731) Se explotaba a indios ya pacíficos, pero había españoles que lo criticaban. El Rey lo sometió a consulta y decidió prohibirlo, permitiendo otra alternativa: hacer esclavos a los indios rebeldes apresados en batallas.

 

     (1331) La inauguración oficial de la Real Audiencia de Santiago de Chile tuvo un retraso importante debido a que el gobernador Alonso García Ramón, ya envejecido, estuvo ocupado en constantes enfrentamientos con los mapuches: "Desde los primeros días de 1609 se sabía en Santiago que se hallaban en Lima listos para venir a Chile los oidores encargados de poner en marcha la Real Audiencia. El Cabildo de Santiago  acordó inmediatamente que se adornaran las calles de la ciudad para recibir a los nuevos magistrados, los cuales llegaron el 24 de abril, pero les fue forzoso esperar más de cuatro meses para hacer la instalación del supremo tribunal, ya que la aparatosa ceremonia debía ser presidida por el Gobernador. García Ramón se hallaba entonces en Purén, dedicado a su campaña contra los indios, y llegó a Concepción después de mediados de mayo. Había comenzado el invierno, y fue tan lluvioso, que los ríos salían de madre y hacían imposible andar por los caminos. En Santiago, el río Mapocho causó grandes daños y la ermita de san Saturnino, considerado protector contra los temblores, fue destruida por completo. Para reparar todos  los daños, se decidió exigir una derrama de dinero a los vecinos, así como pedir un aporte voluntario para levantar la ermita del patrón de la ciudad en un lugar menos expuesto a tales peligros. Con un tiempo semejante, que habría impedido la marcha del joven más animoso, García Ramón, anciano y entonces enfermizo, tuvo que demorar su viaje, y no llegó a Santiago hasta el 3 de agosto".

     Por entonces seguía sin resolverse un asunto numerosas veces discutido, pero nunca solucionado: el eterno conflicto entre los intereses de los españoles y la protección de los indios pacíficos. El Rey, en diversas ocasiones, había mandado suprimir el servicio personal de los indios sometidos al régimen de encomiendas, sustituyéndolo por un pequeño impuesto que los nativos  deberían abonar a los encomenderos. Pero los encomenderos consideraban que el cumplimiento de esas normas los llevaría a la ruina, y seguían explotando a los indios. No obstante, había españoles que deseaban que se corrigieran esos abusos:  "Pero era tan malo el tratamiento que los encomenderos daban a sus vasallos, y tan poco el caso que hacían de lo ordenado, que estas injusticias producían gran indignación en los que eran contrarios a aquel comportamiento, y dio origen a que presentasen quejas ante el Rey. Deseando atenderlas, Felipe III, por una cédula expedida el 24 de noviembre de 1601, creyó poner el remedio definitivo a tamaños males. 'Ordeno y mando -decía en ella- que, en adelante, no se consientan en esas provincias de Chile, ni en ninguna parte de las de las Indias, los servicios personales de los indios de las encomiendas, so pena de que el encomendero que  lo contraviniere pierda su encomienda, siendo mi voluntad que así se ejecute y cumpla'. Pero la nueva disposición del Rey, por más ejecutiva y terminante que fuera, iba a quedar, como tantas otras, reducida a letra muerta. Y ello, a pesar de que se puso mucho empeño en que se cumpliera. Los dos últimos virreyes del Perú, el conde Monterrey y el marqués de Montesclaros, se habían mostrado resueltos a llevar a cabo esta reforma. Incluso García Ramón había venido de Lima con este propósito, pero, en Chile, sus opiniones se habían modificado al ver las enormes dificultades que se producían, y  hasta de este mismo sentir eran algunos de los prelados de las órdenes religiosas. No obstante, el obispo de Santiago, sea por su espíritu tenaz de contradicción o porque realmente se condoliera de la suerte desgraciada de los indios, era enemigo decidido de la subsistencia del servicio personal. Pero el más contundente defensor de la reforma del sistema de encomiendas era el padre Diego de Torres, provincial de los jesuitas. La Audiencia llegaba a Chile en esas circunstancias, y según las instrucciones recibidas, debía dar cumplimiento inmediato y eficaz a las disposiciones que el Rey había dictado sobre la materia".

 

     (Imagen)  Por tradición, los indios pacíficos eran obligados a trabajar para los españoles, aunque las leyes solo permitían que tuvieran que pagarles una pequeña contribución a sus encomenderos, los cuales consideraban que eso sería su ruina. Había otro tema lleno de discusiones: el derecho o la prohibición de esclavizar a los indios sublevados (escrúpulos inexistentes en otros países colonialistas). En la Real Audiencia de Santiago de Chile se trató jurídicamente también esta última cuestión: "El tema de no obligar a trabajar a los indios de las encomiendas traía agitada a la población rica de Santiago. Tan lejos estaban de consentir que se les privase del servicio obligatorio de los indios, que, notando la disminución extraordinaria de estos por la guerra, las enfermedades y el exceso de trabajo, desde tiempo atrás habían pedido que se sometiesen a esclavitud a todos los que se tomasen como prisioneros en las campañas de Arauco. Los cabildos de las diversas ciudades, los gobernadores y los apoderados que aquellos tenían en la Corte reclamaban la adopción de esta medida, sosteniendo que esos bárbaros, crueles e inhumanos, eran, además, rebeldes y apóstatas, que se habían sublevado contra el Rey después de haberle prometido sometimiento, y contra Dios después de habérseles predicado la religión cristiana. Sustentaban este parecer incluso los hombres que parecían los más ilustrados de la colonia. Esta cuestión, según las ideas del tiempo, había sido consultada con los más reputados teólogos, y muchos de ellos habían dado su dictamen en favor de la esclavitud de los indios tomados en la guerra. 'Tengo en mi poder, escribía el gobernador García Ramón, pareceres de los más graves padres de la Compañía de Jesús de Lima, y de las ordenes de Santo Domingo y de San Francisco, los cuales informan que merecen ser tenidos como esclavos'. El Rey, que, según parece, se resistía a la adopción de esa medida, la consultó con el Consejo de Indias, el cual informó lo siguiente: 'Nos ha parecido que se puede tener como esclavos a los que se apresasen en las guerras de Chile, tanto hombres como mujeres, pero que los menores de edad (por debajo de los 13 años) no pueden ser esclavos, aunque pueden ser sacados de las provincias rebeldes y llevados a las que están de paz, siendo entregados a personas a las que sirvan hasta tener edad de veinte años, para que puedan ser instruidos y enseñados cristianamente, como se hizo con los moriscos de Granada'. El Rey, aceptando este parecer, lo aprobó por una cédula firmada en Ventosilla el 26 de mayo de 1608". Mucho después, en 1672, el jesuita DIEGO DE ROSALES criticó "los daños de la esclavitud del Reino de Chile" en el libro que muestra la imagen.




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