jueves, 5 de enero de 2023

(1920) A pesar de las zancadillas que le pusieron a Francisco de Cáceres, el Rey lo consideró fundador de Espíritu Santo, dándole unas preciosas normas para poner en marcha la ciudad.

 

     (1520) Hemos hablado recientemente de FRANCISCO DE CÁCERES, y recordemos que, viéndose acusado de haber fundado la ciudad de Espíritu Santo sin permiso, se fue astutamente a España para defenderse ante el rey Felipe II, y le salió bien la operación. No solo le dio la razón, sino que lo nombró Gobernador del territorio de Espíritu Santo en 1575 (ver en imagen la 1ª página del expediente, con su firma). El cronista nos explica de forma detallada  en qué consistían los derechos y obligaciones que el Rey establecía para el mandato de Francisco de Cáceres, y creo que merece la pena hacer un resumen de las capitulaciones de su nombramiento, pues en ellas se ven aspectos muy positivos  de las colonizaciones españolas: “Se le prohibía meterse en la jurisdicción de otro Gobernador. Debía aportar como mínimo cien soldados bien armados,  y los sacerdotes que fueran necesarios para adoctrinar a los indios. Todo lo que fuese conquistando había de ser en nombre de Su Majestad y sometido  a la autoridad de la Real Audiencia de Santa Fe. En los poblados que estableciese, tenía que hacer un fuerte para la defensa de los vecinos, ejerciendo él como Alcalde. La Gobernación llevaría el nombre de Espíritu Santo, y sería él el titular durante toda su vida, y, después, su heredero. Se le dio la facultad de repartir encomiendas, y tomar para sí el mejor repartimiento, pero sin perjuicio de los indios. Todos los que fueran con él a la conquista, gozarían privilegios que Su Majestad tenía dispuestos en la Instrucción Noventa y Nueve, que son los siguientes: ‘Como primeros pobladores, los hacemos hidalgos de solar conocido, a ellos y a sus descendientes, para que como tales sean respetados donde poblasen y en cualquier otra parte de Las Indias, con sus honras y preeminencias, pudiendo hacer las mismas cosas que los hidalgos y caballeros de estos Reinos de Castilla. No pagarán durante diez años diezmos de las minas que hallasen, ni impuestos sobre las mercancías que trajesen de España. Por si muriese el dicho Francisco de Cáceres, podrá nombrar a quien quisiera en su lugar, disponiendo de su misma autoridad’. Hecho este trámite y dado a conocer en todo el Nuevo Reino de Granada, entró FRANCISCO DE CÁCERES en su Gobernación”. Pero, con ello, no se detuvo a descansar, sino que, como gran hiperactivo,  pobló otra ciudad, a la que le puso el nombre de La Asunción de Nuestra Señora. No obstante, pronto se dio cuenta de que la zona no era muy indicada para establecerse en ella, por lo que se vio en la necesidad de intentarlo cerca de donde antes había fundado la ciudad de La Grita (como ya vimos).




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