(1392) En relación a todo lo pasado, se
iniciaron en la Audiencia de Lima una complicada serie de procesos, que, de
hecho, carecían de consistencia, porque, aunque había responsabilidades, las
circunstancias fueron muy confusas, y se podría decir que los acusados no actuaron con mala fe: “Al gobernador
Acuña y a sus cuñados se les hacía responsables de haber provocado el
levantamiento de los indios, y de no haber tomado después las medidas
convenientes para dominarlo. También se quiso juzgar a los que destituyeron al
Gobernador y nombraron al funcionario que debía reemplazarlo. Pero, en realidad,
a estos sucesos se les dio en Lima menos
importancia de la que le había atribuido la Audiencia de Santiago. Se consideró
que aquellos hechos, por desafortunados que fueran, no suponían un verdadero
desacato a la autoridad real, puesto que sus autores no se habían apartado un
instante de la más respetuosa fidelidad al soberano, y actuaron con buena
intención. Además, el carácter y los antecedentes de los procesados eran una
prueba de la rectitud de sus propósitos. El veedor Francisco de la Fuente
Villalobos, hombre de edad muy avanzada y con más de cincuenta años de buenos
servicios, habría podido justificar su conducta, pero murió a los pocos días de
haber llegado a Lima. Los otros tres procesados sufrieron una prisión de más de
cuatro años, pero, finalmente, fueron indultados, ya que la opinión pública les
había sido favorable. El Virrey, por motivos de prudencia, mandó que no se
siguiera el juicio contra los otros revolucionarios que habían quedado en Chile”.
Pero había otro asunto más impopular: “La opinión
pública y la justicia fueron mucho más severas con aquellos a los que se
acusaba de haber provocado el levantamiento general de los indios. Al
gobernador don Antonio de Acuña se le trató con alguna indulgencia, porque solo
se le reprochaba su debilidad al someterse a los deseos de sus cuñados, y se le
permitió residir en su casa. Por el contrario, el maestre de campo don Juan de
Salazar, instigador de las campañas contra los indios cuncos, responsable del
desastre de Río Bueno en 1654, y cuya conducta en el alzamiento del año
siguiente no admitía disculpa, fue retenido en prisión con acusaciones
tramitadas en Perú y en Chile. Después de cerca de dos años de prisión, don
Juan de Salazar comprendió que aquel asunto tenía un aspecto muy poco favorable
para él, y que, aun en el caso de absolución, su cautiverio se prolongaría
mucho, hasta que llegase el fallo definitivo pronunciado por el Consejo de
Indias en España. Cohechando al alcalde de la cárcel, llamado Agustín de
Miranda, se fugó con él, esquivando hábilmente todas las persecuciones
decretadas contra ambos. Aunque el Virrey ofreció premios considerables al que
descubriese su paradero, don Juan de Salazar burló la acción de la justicia,
marchándose secretamente a España, donde la familia de su cuñado podía
prestarle una protección eficaz. Pocos meses más tarde, en septiembre de 1658,
el proceso estaba terminado, y el Virrey enviaba a la Corte, en dos grandes cajones,
los catorce volúmenes de los autos tramitados en Chile y en el Perú, para que
el Consejo de Indias pronunciase la sentencia definitiva”.
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