(563) Y lo que es más, el Rey no solo prohíbe esclaviar a los indios,
sino que obliga a revisar tajantemente la situación de los ya esclavizados:
“Ordenamos asimismo que, en cuanto a los indios que hasta ahora se han
esclavizado contra razón y derecho, y contra las instrucciones dadas, las
Audiencias, llamadas las partes, sin juicio previo, sino sumaria y brevemente,
tras saber la verdad, los pongan en libertad si las personas que los tienen por
esclavos no mostrasen título de que las poseen legítimamente. Y para que, por
carecer de personas que se lo soliciten, los indios no queden como esclavos
injustamente, mandamos que las Audiencias pongan personas que los representen,
pagándoseles con dinero de la Cámara, debiendo ser hombres de confianza y
diligencia”.
Tampoco se olvida del sufrimiento de los indios utilizados como
porteadores: “Mandamos a las Audiencias que tengan especial cuidado en que no se cargue a los indios, y, en caso
de que esto en algunas partes no se pueda evitar, sea de tal manera que, de la
carga inmoderada no se siga peligro para la vida, la salud y la conservación de
los dichos indios, y que, contra su voluntad y sin pagárselo, en ningún caso se
permita cargarlos, castigando muy gravemente al que lo hiciere”.
Después saca a relucir otra costumbre atroz: “Porque nos ha
sido hecha relación de que la pesquería de las perlas se ha hecho sin el buen orden que convenía,
de lo que se han seguido muertes de muchos indios y negros, mandamos que ningún
indio libre sea llevado a la pesquería contra su voluntad, so pena de muerte, e
que el obispo y el juez que estuvieren en Venezuela ordenen que los esclavos
que andan en la dicha pesquería, tanto indios como negros, se conserven, y
cesen las muertes. Y, si viesen que no
se puede evitar a los dichos indios y negros el peligro de muerte, que cese la
pesquería, porque estimamos en mucho más, como es razón , la conservación de
sus vidas que el interés que nos puede venir de las perlas”.
También es sorprendente la siguiente disposición, porque trata de
frenar, sin paliativos, los abusos de los poderosos: “Dado que, por tener
encomiendas de indios los virreyes, gobernadores y sus tenientes y oficiales
nuestros, prelados, monasterios, hospitales, casas de religión y de la Moneda,
y otras personas favorecidas por razón de sus oficios, se han producido
desórdenes en el tratamiento de los dichos indios, mandamos que sean entregados
a nuestra Real Corona todos los indios que poseen por cualquier título y causa
que sea, y que, aunque quieran dejar los dichos oficios para quedarse con los
indios, no les valga, ni por eso se deje de cumplir lo que mandamos”.
Viene luego otra norma que irritó especialmente a muchos españoles:
“Puesto que sabemos que a muchas personas se les han dado repartimientos de
indios en excesiva cantidad, mandamos que las Audiencias se informen muy bien
de esto y, con toda brevedad, les reduzcan los repartimientos a las dichas
personas a una honesta e moderada cantidad”. Incluso da el nombre de diez
personas notables, residentes en México, beneficiadas en exceso con repartimientos
de indios, y manda que se estudie el caso. Haciendo justicia en sentido
contrario, exige que se remedie la situación de que, también en México, haya
conquistadores muy veteranos a los que se les dio encomiendas de indios menos
importantes que las que merecían.
(Imagen) Ya dediqué una breve reseña a FRAY GARCÍA DE LOAYSA Y MENDOZA ,
pero añadiré algo porque veo su firma al pie del documento de las Leyes Nuevas
(la imagen muestra que Carlos II hizo una recopilación de todas las Leyes de
Indias el año 1681). Era reglamentario firmar por orden de jerarquía, y Loaysa
aparece el primero. No en vano había sido anteriormente miembro del Consejo de
Estado, y ocupado dos veces el cargo de Presidente del Consejo de Indias. Su
trayectoria vital fue de ascenso meteórico. Nació en Talavera de la Reina el
año 1479. Llegó pronto a ser Maestro General de todos los dominicos, y luego Obispo
de Osma y de Sigüenza, Arzobispo de
Sevilla, cardenal e Inquisidor General, además de asumir las responsabilidades
políticas ya mencionadas. Era de gran inteligencia, y con notables dotes de
mando que fue desarrollando como prior en varios conventos de la orden. Llegó a
las máximas alturas en la jerarquía eclesiástica y en puestos políticos,
tratando en ambos campos muy cercanamente a Carlos V, de quien fue confesor y
consejero. El emperador siempre tuvo una confianza absoluta en él, a pesar de
que fue víctima de las iras de envidiosos de la Corte. Era un hombre de mucho
carácter, y, al mismo tiempo, de ejemplaridad religiosa. Por fidelidad al Rey,
rechazó en Roma una propuesta para que presentara su candidatura al papado. A
tono con su inquietud misionera y su deseo
del buen trato a los indios, envió a
aquellas tierras en 1529 a veinte dominicos, entre los que estaba su sobrino, Jerónimo
de Loaysa, futuro Arzobispo de Lima y cardenal. Resulta chocante que, siendo García
muy favorable a las críticas de los dominicos acerca de los abusos contra los
indios, puso al frente del grupo a fray Tomás Ortiz, quien no simpatizaba con
los nativos ni soportaba las denuncias apocalípticas del también dominico fray
Bartolomé de las Casas. El excepcional GARCÍA DE LOAYSA Y MENDOZA murió el año
1546, y fue enterrado en su Talavera de la Reina natal.
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