lunes, 11 de febrero de 2019

(Día 752) Bobadilla les ordenó a los dos algo conveniente, pero imposible: que desarmaran sus ejércitos. Pizarro aceptó en lo demás el veredicto. El representante de Almagro lo rechazó, quiso apelarlo, y Bobadilla no se lo permitió.


     (342) Sin duda alguna, esta parte de su sentencia estaba muy bien fundamentada, quedando Almagro chasqueado por el gravísimo error de haber actuado violentamente, y como juez y parte, al apoderarse de la ciudad. Bobadilla repite varias veces que lo que ordena tendrá vigencia hasta que haya una información definitiva de los pilotos que sea confirmada por su Majestad. En un asunto menor, le manda a Pizarro que le permita a Almagro adquirir cuanto necesite, para él y para su gente, tratando con los mercaderes asentados en la Ciudad de los Reyes. Era tan explosiva la situación, que Bobadilla tomó otra medida muy importante, sensata pero imposible, debido a la desconfianza mutua: “Por cuanto al presente tienen sus ejércitos a punto de guerra debido a las diferencias sobre sus límites, y puesto que Su Majestad manda que cada uno esté en lo que hubiese conquistado e pacificado, mando que, dentro del plazo de quince días, los dichos gobernadores deshagan los dichos ejércitos, enviándolos a pacificar, conquistar, poblar la tierra y apaciguar a Manco Inca”. También le ordenó a Almagro que se retirara del valle de Chincha, volviendo al de Nasca, porque estaba ocupando tierras ya concedidas por Pizarro a los vecinos de la Ciudad de los Reyes. Les exige a Pizarro y a Almagro que hagan paces perpetuas. La sentencia fue dictada por fray Francisco de Bobadilla con fecha quince de noviembre de mil quinientos treinta y siete. Estaban presentes, entre otros, Pizarro y un procurador de Almagro, Juan Rodríguez Barragán. Pizarro, como no podía ser menos, la acató, sin duda  entusiasmado, y el procurador salió respondón, insistiendo en los ya repetidos argumentos viciados: “Cuando oyó la sentencia el procurador Juan Rodríguez Barragán, respondió que el Gobernador D. Diego de Almagro poseía e tenía la ciudad del Cuzco en paz y concordia del cabildo e sus vecinos, según constaba por haber dado fe de ello el escribano Diego de Narváez, y que también tenía la posesión de todos los pueblos y valles que había hasta la Ciudad de los Reyes, donde terminaba su gobernación conforme a la provisión del Rey”. Afirmó asimismo que las personas que Almagro apresó fueron halladas culpables de delitos en los procesos a que fueron sometidas. Acto seguido, formalizó la apelación: “En cuanto a todo lo demás que al Adelantado Almagro atañe, dijo que era agraviado en tal sentencia, e que, con el acatamiento debido, la apelaba ante su Majestad y ante el presidente y los oidores de su Consejo de Indias, debajo de cuyo amparo ponía la persona e bienes del Adelantado. E pidió a su paternidad que le otorgara la apelación para presentarse a tiempo, y, si tácita o expresamente se la denegara, de tal denegación apelaba de la misma forma, e pidiolo por testimonio. Respondió el juez que no había lugar a la apelación, por ser, como era, de consentimiento de ambas partes, y que, no obstante la apelación, mandaba lo que mandado tenía (ambas partes habían renunciado previamente a la apelación). De la parte del Gobernador Pizarro, se presentó su procurador y pidió mandamiento ejecutorio de la sentencia para que se llevara a efecto. El Provincial Bobadilla lo mandó como él lo pedía”.

     (Imagen) Era de esperar la firme reacción de rechazo  de JUAN RODRÍGUEZ BARRAGÁN, procurador de Almagro, al ver que la sentencia de Bobadilla resultaba totalmente favorable a Pizarro. Siempre mantuvo su fidelidad a los almagristas, y le costó la vida cuatro años después. Cayeron sobre él las sospechas de que formaba parte de los conjurados que asesinaron a Pizarro, y hasta lo acusaron de ser él quien le dio el golpe definitivo, algo que siempre negó. Pero, en la posterior guerra de Chupas, perdida por Diego de Almagro el Mozo y luego ejecutado, Rodríguez Barragán fue detenido, procesado y ahorcado. Antes de morir, encomendó a sus hijos y hermanos que restituyeran su honra. Nunca lo consiguieron. Hay una dura provisión del Rey (la de la imagen), dictada ocho años después, en la que JUAN RODRÍGUEZ BARRAGÁN encabeza una lista de ejecutados por rebeldía cuyos bienes se ordena embargar. Leer los nombres del frío texto resulta lúgubre: “Real provisión ordenando a las justicias de estos reinos la confiscación de bienes de (los ejecutados) Juan Rodríguez Barragán, natural de Los Santos de Maimona (Badajoz), Rodrigo Barragán (hermano de Juan), vecino de Los Santos, Juan de Santiago, natural de Santander, Basilio Griego, Francisco Peces, vecino del Cuzco, Antón Noguero, vecino del Puerto de Santa María, Enrique Fernández, natural de Gran Canaria, Marticote, vecino de Pasaje de Rentería, en Guipúzcoa, Diego Martel, natural de Sevilla, Juan Pérez, Pedro de San Millán, natural de Segovia, Francisco Velázquez, Juan Navarro, el de la Pedrada (Galicia), Francisco Coronado, y Cristóbal de Marchena, natural de Huelva, condenados por sus delitos en Perú”.



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