(342) Sin duda alguna, esta parte de su
sentencia estaba muy bien fundamentada, quedando Almagro chasqueado por el
gravísimo error de haber actuado violentamente, y como juez y parte, al
apoderarse de la ciudad. Bobadilla repite varias veces que lo que ordena tendrá
vigencia hasta que haya una información definitiva de los pilotos que sea
confirmada por su Majestad. En un asunto menor, le manda a Pizarro que le
permita a Almagro adquirir cuanto necesite, para él y para su gente, tratando
con los mercaderes asentados en la Ciudad de los Reyes. Era tan explosiva la
situación, que Bobadilla tomó otra medida muy importante, sensata pero
imposible, debido a la desconfianza mutua: “Por cuanto al presente tienen sus
ejércitos a punto de guerra debido a las diferencias sobre sus límites, y
puesto que Su Majestad manda que cada uno esté en lo que hubiese conquistado e
pacificado, mando que, dentro del plazo de quince días, los dichos gobernadores
deshagan los dichos ejércitos, enviándolos a pacificar, conquistar, poblar la
tierra y apaciguar a Manco Inca”. También le ordenó a Almagro que se retirara
del valle de Chincha, volviendo al de Nasca, porque estaba ocupando tierras ya
concedidas por Pizarro a los vecinos de la Ciudad de los Reyes. Les exige a
Pizarro y a Almagro que hagan paces perpetuas. La sentencia fue dictada por
fray Francisco de Bobadilla con fecha quince de noviembre de mil quinientos
treinta y siete. Estaban presentes, entre otros, Pizarro y un procurador de
Almagro, Juan Rodríguez Barragán. Pizarro, como no podía ser menos, la acató,
sin duda entusiasmado, y el procurador
salió respondón, insistiendo en los ya repetidos argumentos viciados: “Cuando
oyó la sentencia el procurador Juan Rodríguez Barragán, respondió que el
Gobernador D. Diego de Almagro poseía e tenía la ciudad del Cuzco en paz y concordia
del cabildo e sus vecinos, según constaba por haber dado fe de ello el
escribano Diego de Narváez, y que también tenía la posesión de todos los
pueblos y valles que había hasta la Ciudad de los Reyes, donde terminaba su
gobernación conforme a la provisión del Rey”. Afirmó asimismo que las personas
que Almagro apresó fueron halladas culpables de delitos en los procesos a que
fueron sometidas. Acto seguido, formalizó la apelación: “En cuanto a todo lo
demás que al Adelantado Almagro atañe, dijo que era agraviado en tal sentencia,
e que, con el acatamiento debido, la apelaba ante su Majestad y ante el
presidente y los oidores de su Consejo de Indias, debajo de cuyo amparo ponía
la persona e bienes del Adelantado. E pidió a su paternidad que le otorgara la
apelación para presentarse a tiempo, y, si tácita o expresamente se la
denegara, de tal denegación apelaba de la misma forma, e pidiolo por
testimonio. Respondió el juez que no había lugar a la apelación, por ser, como
era, de consentimiento de ambas partes, y que, no obstante la apelación,
mandaba lo que mandado tenía (ambas partes habían renunciado previamente a
la apelación). De la parte del Gobernador Pizarro, se presentó su
procurador y pidió mandamiento ejecutorio de la sentencia para que se llevara a
efecto. El Provincial Bobadilla lo mandó como él lo pedía”.
(Imagen) Era de esperar la firme reacción
de rechazo de JUAN RODRÍGUEZ BARRAGÁN,
procurador de Almagro, al ver que la sentencia de Bobadilla resultaba
totalmente favorable a Pizarro. Siempre mantuvo su fidelidad a los almagristas,
y le costó la vida cuatro años después. Cayeron sobre él las sospechas de que
formaba parte de los conjurados que asesinaron a Pizarro, y hasta lo acusaron
de ser él quien le dio el golpe definitivo, algo que siempre negó. Pero, en la
posterior guerra de Chupas, perdida por Diego de Almagro el Mozo y luego
ejecutado, Rodríguez Barragán fue detenido, procesado y ahorcado. Antes de
morir, encomendó a sus hijos y hermanos que restituyeran su honra. Nunca lo
consiguieron. Hay una dura provisión del Rey (la de la imagen), dictada ocho
años después, en la que JUAN RODRÍGUEZ BARRAGÁN encabeza una lista de
ejecutados por rebeldía cuyos bienes se ordena embargar. Leer los nombres del
frío texto resulta lúgubre: “Real provisión
ordenando a las justicias de estos reinos la confiscación de bienes de (los ejecutados) Juan Rodríguez Barragán,
natural de Los Santos de Maimona (Badajoz),
Rodrigo Barragán (hermano de Juan),
vecino de Los Santos, Juan de Santiago, natural de Santander, Basilio Griego,
Francisco Peces, vecino del Cuzco, Antón Noguero, vecino del Puerto de Santa
María, Enrique Fernández, natural de Gran Canaria, Marticote, vecino de Pasaje
de Rentería, en Guipúzcoa, Diego Martel, natural de Sevilla, Juan Pérez, Pedro
de San Millán, natural de Segovia, Francisco Velázquez, Juan Navarro, el de la
Pedrada (Galicia), Francisco
Coronado, y Cristóbal de Marchena, natural de Huelva, condenados por sus
delitos en Perú”.
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